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NOVEDADES CAMAPAÑA RENTA 2024

Estimado cliente,

Como cada año empiezan las fechas para inciar las declaraciones de IRPF del ejercicio 2024, y este año concretamente presenta grandes novedades a tener en cuenta y queriamos compartirlas contigo para que puedas tenerlas en cuenta de cara a preparar la declaración de la renta. Sin más dilación os presentamos tanto las novedades mas destacadas, como unos recordatorios a tener en cuenta para esta camapaña de renta:

  1. Metodos Pago: Se añaden dos metodos de pago adicionales a los trandicionales. Desde este año se podrá realizar el pago a traves de tarjetas de debito o credito e incluso de plataformas de pago electronico como Bizum.
  2. Rendimientos del capital inmobiliario (arrendamiento de vivienda): Será muy importante recalcar en que fecha se incia el contrato de arrendamiento con los inquilinos, puesto que los contratos suscritos desde el 26 de Mayo de 2023, sufriran una variación en la reducción del 60% de los rendimientos netos del capital inmobiliario, respecto a la que se disfrutaba hasta la fecha. Y esta variación de los porcentajes de la reducción dependerá de los siguientes supuestos:
    • 90% de reducción de los rendimientos netos del capital inmobiliario en viviendas situadas en zonas de mercado residencial tensionado y que ademas, en el nuevo contrato se haya aplicado una reducción del precio del  alquiler de al menos un 5% con respecto al precio del contrato de alquiler anterior.
    • 70% de reducción de los rendimientos netos del capital inmobiliario, cuando no cumpliendose los requisitos para reducir el 90%, se trate de un contrato de alquiler de vivienda en zonas de mercado residencial tensionado, cuyos inquilinos se encuentren en la edad de entre 18 y 35 años.
    • 60% de reducción de los rendimientos netos del capital inmobiliario, cuando no procediendo ninguna de las anteriores reducciones del 90% o 70%, se hubiesen efectuado obras de rehabilitación en los dos años anteriores a la fecha de celebración del contrato de alquiler.
    • 50% de reducción de los rendimientos netos del capital inmobiliario, en cualquier otro caso
  3. Autonomos: Los autonomos estan obligados a realizar la declaración de la renta, sin importar los rendimientos obtenidos, ni el tipo de autonomo que sea (societario, persona fisica, colaborador, etc.). 
  4. Deducciones por obras de mejora energetica en viviendas (tanto la vivienda habitual como las detinadas al arrendamiento): Nos gustaria recordar que para poder aprovechar la deducción de las reformas destinadas a la mejora energetica, hay que obtener un certificado energetico previo a la reforma y otro tras la reforma, para así poder demostrar ante la Administración tributaria la mejora energetica y disfrutar de la deducción sin problemas.

 

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